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Polémica: las aseguradoras ya no deberán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico

El acarreo por problemas mecánicos ya no será obligación de las compañías de seguro en la póliza contratada por los usuarios.
Sabado, 27 de abril de 2024 23:09

La Superintendencia de Seguros de la Nación modificará el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina.

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La Superintendencia de Seguros de la Nación modificará el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina.

Los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios.

Únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. 

En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, indicó el texto oficial.

La Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, ha dado un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir al momento de renovar las pólizas.

Según los especialistas, esta es una decisión que debería haberse tomado hace bastante tiempo, ya que los servicios de auxilio mecánico y el servicio de remolque no forman parte del objeto de seguro y alteran el principio básico por el cual las primas deben destinarse al suficiente cumplimiento de las obligaciones del asegurador y su permanente capacidad económica y financiera.

Desde hace muchos años, las compañías se han visto obligadas a destinar parte sustancial de la recaudación de las primas a brindar un servicio que además de muy costoso, tercerizado, lo que termina generando problemas de otra índole a una aseguradora, que termina distrayendo recursos y tiempo a atender temas que no le son propios, exponiéndose además a un desgaste de imagen con sus clientes.

¿Qué significa esto para los asegurados?

  • Los asegurados seguirán teniendo cubiertos los gastos de grúa y traslado en caso de accidente, incendio, robo o hurto.
  • Las aseguradoras ya no podrán ofrecer el servicio de grúa por desperfectos mecánicos como parte de la póliza básica.
  • Los asegurados que quieran contar con este servicio deberán contratarlo de forma adicional, ya sea con la misma compañía de seguros o con un proveedor externo.

¿Cuáles son los motivos del cambio?

La SSN tomó esta decisión luego de recibir múltiples quejas de los asegurados por los altos costos y la mala calidad del servicio de grúa por desperfectos mecánicos.

¿Qué opinan las aseguradoras?

Las aseguradoras han manifestado su apoyo a la nueva medida, ya que les permitirá reducir costos y mejorar la calidad del servicio de grúa por accidente.

¿Qué opinan los productores de seguros?

Los productores de seguros están divididos en cuanto a la nueva medida. Algunos creen que es una buena oportunidad para ofrecer nuevos servicios a los clientes, mientras que otros temen que esto pueda generar una pérdida de ingresos.

¿Qué debo hacer si necesito una grúa por un desperfecto mecánico?

Si necesitas una grúa por un desperfecto mecánico, puedes:

  • Contactar a un proveedor de grúas de tu confianza.
  • Contratar el servicio de grúa con tu compañía de seguros, si lo ofrece de forma adicional.
  • Utilizar la asistencia en ruta que ofrece tu tarjeta de crédito, si la tienes.

Es importante recordar que la nueva medida no afecta a la cobertura de grúa en caso de accidente, incendio, robo o hurto.

Para más información, puedes consultar la página web de la SSN: https://www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros

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