¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

17 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Domiciliaria para otro de los tres hermanos Saavedra

Es uno de los imputados por el crimen de Jimena Salas.
Viernes, 07 de julio de 2023 02:26

En los últimos días, y por segunda vez, la jueza de Garantías 1, Ada Guillermina Zunino, concedió el benefició de arresto domiciliario a Carlos Damián Saavedra, imputado por el crimen de Jimena Salas.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

En los últimos días, y por segunda vez, la jueza de Garantías 1, Ada Guillermina Zunino, concedió el benefició de arresto domiciliario a Carlos Damián Saavedra, imputado por el crimen de Jimena Salas.

Los hermanos Carlos Damián, Adrián Guillermo y Javier fueron detenidos el 21 de septiembre del 2021 acusados del brutal crimen de Jimena Salas, ocurrido en enero de 2017 en un domicilio del barrio San Nicolás de Vaqueros.

El caso está aún impune y lleva más de seis años de investigación sin resultados concretos. Tuvo un juicio con ausencia de los supuestos autores que terminó con la absolución de Horacio Vargas y Nicolás Cajal Gauffin, viudo de la víctima.

Tras ese fracaso la causa se reactivó y en poco tiempo se anunció que el caso estaba prácticamente resuelto, incluso con una conferencia de prensa para dar fe de una exitosa investigación.

Con la detención de los tres hermanos Saavedra la causa tomó un giro inesperado y todo hacía prever que en pocos meses habría juicio para los tres acusados, según la visión de investigadores y fiscales. Meses después, la defensa de los Saavedra ejercida por Marcelo Eduardo Arancibia y su hijo del mismo nombre demostró paso a paso que la acusación no era tan firme y esta comenzó a mostrar signos de insolvencia por la pérdida de peso de elementos prueba que parecían indubitativos.

Finalmente, la jueza Ada Zunino entendió los argumentos de la defensa y restituyó el beneficio y sostuvo que la "restricción de la libertad requiere que sea absolutamente necesaria y proporcional, en el sentido de que no existan otros medios menos gravosos para lograr el fin procesal que se persigue".

 

PUBLICIDAD