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Archivan una denuncia realizada por el abogado de Marcos Teruel contra el servicio penitenciario

Fue por incumplimiento de los deberes de funcionario público y agravamiento de las condiciones de detención, sosteniendo que el joven era exageradamente atado con una cadena común y candado a los barrotes de la cama, en contravención a las indicaciones médicas de asepsia y de movilización corporal básica.
Jueves, 02 de febrero de 2023 11:32

El fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio informó que de la averiguación preliminar iniciada por la denuncia radicada por el representante legal del condenado provincial Marcos Lautaro Teruel en contra del Director de la Unidad Carcelaria 1, el Oficial Jefe del Penal y personal del Servicio Penitenciario Provincial por los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y agravamiento de las condiciones de detención de su defendido, dispuso su desestimación por no constituir delito.

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El fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio informó que de la averiguación preliminar iniciada por la denuncia radicada por el representante legal del condenado provincial Marcos Lautaro Teruel en contra del Director de la Unidad Carcelaria 1, el Oficial Jefe del Penal y personal del Servicio Penitenciario Provincial por los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y agravamiento de las condiciones de detención de su defendido, dispuso su desestimación por no constituir delito.

En la fundamentación, el fiscal Ramos Ossorio advierte que lo denunciado carece de elementos incriminatorios que puedan actualizar un evento típico o con encuadre delictivo, toda vez que del devenir de lo actuado y conforme las actas de comprobación efectuadas, el condenado no estaba siendo sometido a trato vejatorio alguno, ni padecía circunstancias que agraven su condición de privación de la libertad.

Hace la salvedad de que no es dable otorgar prerrogativas o liberalidades no previstas por ley a un individuo que se encuentre cumpliendo condena, en tanto el mismo permanecía en una institución hospitalaria al solo efecto de recibir atención profesional, sin que ello habilite a desnaturalizar las medidas de seguridad que pesan sobre el personal afectado a la custodia y cumplimiento de mecanismos de seguridad correspondientes.

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