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18 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Inédito: autorizan un trasplante de riñón entre vivos no consanguíneos

La jueza Carriquiry autorizó la doble intervención considerando que el amor entre cuñadas prolongará una vida.
Sabado, 18 de febrero de 2023 01:43

La jueza de 1ª Instancia de Personas y Familia 2da Nominación, del distrito Orán, Dra. Ana María Carriquiry, ha autorizado la ablación de un órgano entre no parientes consanguíneas, sino unidas por un lazo de "socio afectividad". En consecuencia ha resuelto declarar inaplicable el límite establecido por el Artículo 22 de la Ley Nacional Nº 27.447 "Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células", en el caso "Pérez, María; González Laura - Autorización Judicial" Expte. Nº 19.068/23.

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La jueza de 1ª Instancia de Personas y Familia 2da Nominación, del distrito Orán, Dra. Ana María Carriquiry, ha autorizado la ablación de un órgano entre no parientes consanguíneas, sino unidas por un lazo de "socio afectividad". En consecuencia ha resuelto declarar inaplicable el límite establecido por el Artículo 22 de la Ley Nacional Nº 27.447 "Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células", en el caso "Pérez, María; González Laura - Autorización Judicial" Expte. Nº 19.068/23.

Tal legislación establece un límite respecto a cuáles son los vínculos familiares habilitados para realizar donación de trasplante de órganos entre pacientes vivos. Sin embrago, tal norma vulnera el derecho humano a la vida, como así desconoce que la "socio afectividad" está dada por un componente social y afectivo que no se asocia a parentesco biológico-consanguíneo solamente, sino al reconocimiento y posterior tutela de aquellas manifestaciones de vivir en familia que encuentran su cauce en vínculos de apego significativos para las personas.

El pedido de venia judicial ha sido instado por la Defensoría Oficial Civil Nº 2, a cargo del Dr. Horacio Raúl Acevedo, obteniendo dictamen favorable por parte de la Fiscalía Civil, Comercial y del Trabajo, ambos organismos del Distrito Judicial Orán.

La decisión de la magistrada se basa en una interpretación y aplicación del Derecho de las Familias cuyo horizonte está afincado en preservar y revalorizar el valor humanidad, analizando en el presente caso aquellos datos de la realidad que impactaron en la composición interna de la familia dónde "el afecto permitirá dar vida".

Laura González (nombre ficticio) padece insuficiencia renal crónica y a raíz de ello inició a partir de marzo de 2022 un tratamiento de diálisis, a efectos de mitigar su afección. Sin embargo esto le ocasionó enormes perjuicios a su salud, a su calidad de vida, y su propia esperanza de vida, por lo que el médico tratante, el nefrólogo doctor Carlos Bassani, le prescribió que debía realizarse estudios de compatibilidad para un trasplante de riñón.

La sorpresa fue cuando una vez practicados tales análisis, la única compatible era María Pérez (nombre ficticio), la cuñada, esposa del hermano de Laura. Así que nunca dudó esta mujer en donar un riñón aun sabiendo los riesgos y consecuencias que implica la intervención. Sin duda es un acto de generosidad y amor que busca simplemente salvarle la vida a su hermana política. María es ama de casa, tiene tres hijos y su marido es personal Gendarmería.

El profesional nefrólogo le confirmó que puede donar el riñón izquierdo, dado que el derecho hace al funcionamiento de todo el cuerpo. Sin dudas, su rol de madre le permitió empatizar con su cuñada, que vive en este delicado estado de salud desde hace 35 años.

El doctor Bassani informó que la paciente se somete a diálisis con periodicidad diaria y que se encuentra en lista de espera de un donante de riñón. Y advirtió que la espera para la recepción del órgano y posterior trasplante, según estadísticas internas a nivel nacional, arroja un tiempo promedio de espera de 20 años.

Explicó que puede realizarse la intervención entre pacientes vivos y que el donante conserva su estado de salud, resaltando que está acreditada la supervivencia del organismo con un único riñón en funcionamiento. Señaló que la compatibilidad entre las pacientes se encuentra acreditada, por lo que luego de este fallo favorable se organizará el trasplante como un verdadero acto de generosidad.

 

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