¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

12°
11 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Envían a juicio a padres por encubrir a su hijo femicida

Un juez declaró inconstitucional un artículo del Código Penal que impide que los familiares de un imputado puedan ser juzgados por ese delito.
Domingo, 08 de octubre de 2023 00:56

Un juez de Campana aceptó enviar a juicio por encubrimiento a los padres de un hombre acusado de asesinar, desmembrar y semicalcinar en una parrilla a una mujer en septiembre de 2022, al declarar inconstitucional un artículo del Código Penal que impide que los familiares de un imputado, puedan ser juzgado por ese delito, lo que sienta un nuevo precedente judicial.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

Un juez de Campana aceptó enviar a juicio por encubrimiento a los padres de un hombre acusado de asesinar, desmembrar y semicalcinar en una parrilla a una mujer en septiembre de 2022, al declarar inconstitucional un artículo del Código Penal que impide que los familiares de un imputado, puedan ser juzgado por ese delito, lo que sienta un nuevo precedente judicial.

El fallo fue dictado por el juez, Julio Andrés Grassi, ante un pedido de la fiscal Ana Laura Brizuela, de la Unidad Funcional de Instrucción 2, quien solicitó que los padres de Agustín Leonel Chiminelli (25), acusado del femicidio de María Alejandra Abbondanza, sean juzgados por el homicidio agravado de la mujer o, de no ser aceptada esta acusación, que vayan a juicio por el delito de encubrimiento agravado.

En su requerimiento de elevación a juicio, la fiscal solicitó que el hijo del matrimonio sea enjuiciado por el delito de "homicidio agravado por haber sido cometido por un hombre en perjuicio de una mujer, mediando violencia de género y por el vínculo", en perjuicio de Abbondanza (38), que prevé como única pena la prisión perpetua.

En tanto, pidió que sus padres, Carlos Rubén Chiminelli (69) y Liliana Ester Sánchez (65), sean juzgados por el "homicidio agravado criminis causa (es decir para ocultar otro delito, en este caso el accionar desplegado por su hijo y así procurar su impunidad), en concurso real con tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil", ya que consideró que los progenitores "ejecutaron el plan criminal" junto a su hijo para asesinar a Abbondanza e incinerar su cuerpo, acto que consideró "macabro".

No obstante, aclaró que de no ser enjuiciados por ese delito, ambos padres lleguen al debate con una imputación alternativa de "encubrimiento agravado por tratarse el hecho precedente de un delito especialmente grave", a pesar de que el Código Penal, en su artículo 277 inciso tercero, exime de responsabilidad criminal a quienes hubieren obrado en favor del cónyuge o de un pariente cuyo vínculo no excediere del cuarto grado de consanguinidad.

Debido a esto, y a pedido de la fiscal Brizuela, el juez Grassi declaró la inconstitucionalidad de ese artículo, para posibilitar esa imputación alterativa, para lo cual se basó en los tratados internacionales firmados por la Argentina.

En un fallo de 156 páginas, al que Télam tuvo acceso, para el magistrado el designio de resguardo de la cohesión familiar "no puede prevalecer sobre los objetivos que el sistema regional de protección de los Derechos Humanos le impone al Estado Argentino.

 

Temas de la nota

PUBLICIDAD