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“Vamos a pedir la nulidad total del proceso en contra de Miranda Ruiz”

Entrevista a Oscar Guillén, abogado defensor de la médica denunciada por atender a una mujer que abortó
Domingo, 14 de agosto de 2022 02:09

La causa contra la médica Lucía Miranda Ruiz, denunciada tras haber asistido a una mujer que requirió un aborto en el hospital de Tartagal, sigue generando polémica. Ahora el fiscal penal de Tartagal, Gonzalo Ariel Vega, desestimó la primera imputación contra Ruiz, por el delito de “aborto”. Esto implica que ya no se pone en tela de juicio la ILE (Interrupción Legal del Embarazo) encuadraba en causales legales. Sin embargo, dejó en pie la segunda imputación, por el delito de “aborto sin consentimiento informado”. 
Ruiz quedó procesada e incluso estuvo detenida porque una tía de la mujer que abortó aseguró que la embarazada se había arrepentido pero que igual se llevó adelante la ILE. 
Oscar Guillén, abogado de la médica, dialogó con El Tribuno sobre el estado de la causa y expuso lo que considera contradicciones jurídicas en el proceso.
El defensor remarcó que “nadie le describe a Lucía Miranda Ruiz cómo comete el delito del que se la acusa”, ya que lo que se realizó es un tratamiento autoadministrado y es imposible obligar a una persona a colocarse pastillas debajo de la lengua por media hora. A su vez, recordó que la mujer nunca se arrepintió y que eso está ampliamente demostrado en el expediente. 

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La causa contra la médica Lucía Miranda Ruiz, denunciada tras haber asistido a una mujer que requirió un aborto en el hospital de Tartagal, sigue generando polémica. Ahora el fiscal penal de Tartagal, Gonzalo Ariel Vega, desestimó la primera imputación contra Ruiz, por el delito de “aborto”. Esto implica que ya no se pone en tela de juicio la ILE (Interrupción Legal del Embarazo) encuadraba en causales legales. Sin embargo, dejó en pie la segunda imputación, por el delito de “aborto sin consentimiento informado”. 
Ruiz quedó procesada e incluso estuvo detenida porque una tía de la mujer que abortó aseguró que la embarazada se había arrepentido pero que igual se llevó adelante la ILE. 
Oscar Guillén, abogado de la médica, dialogó con El Tribuno sobre el estado de la causa y expuso lo que considera contradicciones jurídicas en el proceso.
El defensor remarcó que “nadie le describe a Lucía Miranda Ruiz cómo comete el delito del que se la acusa”, ya que lo que se realizó es un tratamiento autoadministrado y es imposible obligar a una persona a colocarse pastillas debajo de la lengua por media hora. A su vez, recordó que la mujer nunca se arrepintió y que eso está ampliamente demostrado en el expediente. 

¿Puede explicar esto que usted califica como un “contrasentido jurídico”?

El juez rechaza el pedido de nulidad articulado pero en los considerandos, que es cuando se evalúan los argumentos de las partes, deja constancia y anota que el fiscal expresa que la única acusación vigente es la segunda (aborto sin consentimiento informado). 
Hay un retiro de la acusación, que se dice elípticamente, cuando esa primera acusación (aborto) fue la que originó la detención de Miranda. Y, al amparo de esa primera acusación, nace una querella que nunca debió haberse autorizado, que le concedieron una tía de una persona hábil y mayor de edad (la mujer que solicitó realizarse el aborto). No era representante, no era nada. 
Este tratamiento que se le dio a la requirente del aborto fue indicado por un equipo interdisciplinario integrado por 5 ó 6 profesionales, ¿por qué se imputa solamente a Miranda Ruiz?, cuando además ella es médica residente. 

“Le pregunto al juez y al fiscal ¿cómo es que Miranda Ruiz pudo obligar (a la paciente)? ¿Con una pistola?¿Con un garrote? ¿De qué modo? En eso consiste la imputación”.


Me parece que ahí el fiscal la pensó bien (porque evidentemente no la pensó antes) y entonces retira esa primera acusación y dice: “No hay una práctica contraria a la ley”. Porque además el requerimiento decía que el aborto se había practicado más allá de la semana 14 y que eso lo convertía en delito. Ahora dice que no. Retira esa acusación y dice que lo que queda subsistente de la causa es el hecho de que la paciente se arrepintió y que Miranda Ruiz no le permitió que se arrepienta.

Y eso no se puede hacer...
Exacto. El primer artículo del Código Procesal Penal de Salta, en el inciso G dice: Nadie puede ser perseguido penalmente más de una vez por el mismo hecho, aunque se modifique su calificación legal o se afirmen nuevas circunstancias. Esto es crucial.
Esto quiere decir que el Estado no puede acusarte y decir luego: “Le pifié”. Y te vuelve a acusar. Porque en esa sentencia en la que el juez dice que rechaza nuestro pedido de nulidad insinúa que hay una falsificación de la historia clínica, lo cual es querer meter otro hecho. Y hay que decir que tampoco le compete al juez hacer eso porque no es fiscal. El único que puede comenzar otra investigación es el fiscal. También se insinúa otro cuarto delito. Entonces, yo reflexiono: Empezamos por aborto, luego aborto no es. Después puede ser coacción o privación ilegítima de la libertad, puede ser homicidio ... puede ser genocidio también ya que estamos. El proceso penal no es un laboratorio de experimentos.

¿Cuál debería ser el proceso que usted cree correcto?

Lo que debió hacer el juez es admitir parcialmente la nulidad. Porque si la primera acusación es nula, la Fiscalía dice: retiro la primera acusación. El juez no puede quedarse y decir: yo lo sostengo. Porque no hay prohibición sin acción. Si el fiscal está retirando el supuesto acusatorio, el juez tiene que convalidarlo. De mínima tendría que haber hecho lugar parcialmente el recurso.

¿Qué es lo que viene ahora?
Ahora viene el camino del Tribunal de Impugnación Sala I y yo creo que hay que pedir la nulidad total del proceso por este principio.

Desde una visión más política, ¿cree que hay intención de utilizar al Estado en contra de una persona?

Sí, de hecho lo digo en el escrito. El sistema acusatorio de Salta tiene un fiscal que acusa, la defensa que intenta repeler esa acusación y a la mitad hay un juez de garantías que tiene que velar por las garantías constitucionales y los derechos humanos del imputado. Además, tiene que controlar lo que hace el fiscal. Acá, en la práctica, sucedió que tenemos dos fiscales: el fiscal Vega y el juez Mariscal, que es totalmente complaciente con el primero. En vez de controlar lo que hace el fiscal, le da carta libre. Entonces esto provoca más abusos, es un círculo vicioso. 
Propuse la declaración testimonial de dos testigos y el fiscal me dijo que, para citarlos, le presente antes las preguntas que les voy a hacer. Eso no me sucedió nunca en épocas más difíciles, no sucedió en dictaduras. Es un abuso muy grande, muy enfático. Vega nos está rechazando sistemáticamente las pruebas o recortándolas. Al ver que no tenía un juez de garantías que controle hizo este tipo de cosas. Ahora retira una acusación.

¿Qué opina sobre la segunda acusación?
Una garantía de los ciudadanos es saber de qué se los acusa. Figura en todos los tratados internacionales. Toda persona debe saber detalladamente de qué se la está acusando. Yo le pregunto al juez y al fiscal ¿cómo es que Miranda Ruiz pudo resistir el arrepentimiento (de la paciente)? ¿Con una pistola?¿Con un garrote?¿Prometiéndole dinero? ¿De qué modo? Porque en eso consiste la imputación. Si usted me acusa de haber robado un televisor y no me dice ni el cómo ni el cuándo, ¿cómo hago yo para defenderme? Acá no hay un cómo pudo haber hecho eso Miranda Ruiz. El juez y el fiscal piensan que el médico está todo el día con su paciente. En la internación había jefes de ginecología, enfermeras, jefes de Guardia y Ruiz seguía con sus obligaciones en otros lugares. Lo que se dice es bastante arbitrario y fantasioso. Nunca se precisa en qué consisten los hechos que se consideran ilícitos.
 

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