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Respuestas a dudas previsionales

Domingo, 26 de junio de 2022 02:17

Mirta Tejerina: trabajé 14 años como maestra de educación especial. Después, cuatro (4) años en la administración pública. Además tengo cinco (5) hijos. Ya cumplí 59 años, quisiera saber si estoy en condiciones de jubilarme. 
Buen día Mirta. En el caso de los docentes de enseñanza diferenciada, el Decreto 538/75 establece que tienen derecho a la jubilación sin límite de edad siempre y cuando acrediten veinticinco (25) años de servicios como docentes al frente directo de alumnos. En su caso ya tiene la edad para jubilarse. También cumple con el requisito de años de servicios con aportes si sumamos sus años en administración pública (4), el reconocimiento por las tareas de cuidado de sus hijos (le reconocen 5 años) y, finalmente, por superar la edad requerida le bonifican cuatro (4) adicionales. Ya está en condiciones de iniciar los trámites. Se jubilará como docente. 

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Mirta Tejerina: trabajé 14 años como maestra de educación especial. Después, cuatro (4) años en la administración pública. Además tengo cinco (5) hijos. Ya cumplí 59 años, quisiera saber si estoy en condiciones de jubilarme. 
Buen día Mirta. En el caso de los docentes de enseñanza diferenciada, el Decreto 538/75 establece que tienen derecho a la jubilación sin límite de edad siempre y cuando acrediten veinticinco (25) años de servicios como docentes al frente directo de alumnos. En su caso ya tiene la edad para jubilarse. También cumple con el requisito de años de servicios con aportes si sumamos sus años en administración pública (4), el reconocimiento por las tareas de cuidado de sus hijos (le reconocen 5 años) y, finalmente, por superar la edad requerida le bonifican cuatro (4) adicionales. Ya está en condiciones de iniciar los trámites. Se jubilará como docente. 

Irma Cayo: ¿cuáles son los requisitos para acceder a una jubilación por minusvalía? 
Buen día Irma. Los requisitos para trabajadores o trabajadoras en relación de dependencia es tener al menos 45 años de edad y para autónomos se piden 50 años. El requisito de aportes es de 20 años de servicios con aportes y acreditar que durante los últimos 10 años anteriores al cese o a la solicitud de la prestación, se prestaron servicios en estado de disminución física que debe ser mayor al 33%. Es decir que tienen derecho a la prestación tanto quienes iniciaron la actividad padeciendo la minusvalía y aquellos que trabajaron al menos los últimos 10 años en el estado de disminución. 

Alfredo Iglesias: tengo 61 años de edad y 32 de aportes y sin trabajo. ¿Sigue vigente la jubilación anticipada? 
Buen día Alfredo. Sí, sigue vigente hasta septiembre de 2023. Ud. ya cuenta con la edad y los años de aportes para jubilarse de manera anticipada. Sin embargo, tenga presente que la normativa (Decreto 674/21) establece que, al 30 de junio de 2021, ya debe estar en situación de desempleo y que esa condición de desempleo debe mantenerse “a la fecha de solicitud así como durante todo el período de percepción de la misma”. 

Ricardo Guantay: trabajé muchos años en construcción pero solo tengo documentación que lo acredite de los últimos 6 años. Ya tengo 63 años. Quisiera que me ayude a ver si puedo jubilarme. 
Buen día Ricardo. Los trabajadores de la construcción gozan de un régimen previsional diferencial (Ley 22.250). Pueden jubilarse con 55 años de edad y 25 de servicios con aportes si, al menos 12 años de los últimos 15, han sido en la construcción. En el caso de no contar con esos años de servicios con aportes en construcción se puede hacer un prorrateo y así analizar si su Ud. ya puede jubilarse. De ese prorrateo surge que requiere tener 62 años y 7 meses de edad (ya supera esa edad) y de aportes, además de sus años en construcción, necesita 22 años y 10 meses comunes. Habría que ver que aportes le figuran en su historia laboral y si requiere aportes adicionales incluso podría “comprarlos” en una moratoria (servicios hasta 1993). 
 
 

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