Los fiscales penales Nicolás Rodríguez López y María Celeste García Pisacic, representan al Ministerio Público Fiscal ante el juez Ramón Haddad, vocal 3 de la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Sur – Circunscripción Metan, en la audiencia de debate que se sigue contra Walter Ezequiel Omar Mamaní por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real, en calidad de autor y en perjuicio de Luciano Diez.
Este martes, al reanudarse la audiencia, se dio lugar a los alegatos de las partes y los fiscales solicitaron la pena de 8 años de prisión efectiva e inhabilitación por el doble del tiempo, como autor de los delitos de privación ilegítima de la libertad (dos hechos) y falsedad ideológica (dos hechos) para Walter Ezequiel Omar Mamaní.
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Para los imputados Sergio Luis Carlos Argañaraz y Juan Francisco Giménez, solicitaron la pena de dos años prisión de ejecución condicional como autores del delito de falsedad ideológica. En cuanto a Julia Antolina Díaz, solicitaron la condena como autora del mismo delito, a la pena de tres años y cuatro meses de prisión efectiva bajo la modalidad de domiciliaria.
Para Franco Matías Vizgarra solicitaron la pena de dos años y cuatro meses de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor del delito de vejaciones agravadas con fines de venganza.
Está previsto que durante la jornada continúen los alegatos de la querella y las defensas técnicas.
Los hechos
Mientras el denunciante circulaba con su vehículo por avenida 9 de Julio, en inmediaciones de Parque Norte – Sala Nido de Apolinario Saravia, apareció en sentido contrario el móvil policial Nº 1745, en el que se desplazaban los acusados, quienes sin motivo alguno, realizaron la detonación de, al menos, cuatro disparos con la intención de amedrentarlo.
Tras esto, se dirigieron a su domicilio particular, donde le dijeron que quedaba detenido por evadir un control policial y darse a la fuga, por lo que los acusados privaron al damnificado ilegalmente de su libertad, ya que no había motivos que autorizaran al personal policial para aprehenderlo.
Para avalar la restricción ilegal, los acusados armaron una causa penal, en la que el comisario Walter Ezequiel Mamaní formuló una denuncia en contra de Luciano Diez por el delito de atentado a la autoridad. Además, durante el traslado, y luego de que lo ingresaran a la dependencia policial, los acusados lo sometieron a malos tratos físicos y psíquicos.