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Asesinó a un "arbolito" y lo escondió en el placard

Convivió con el cadáver durante 40 días, el tribunal oral confirmó la condena contra el vigilador.
Lunes, 29 de noviembre de 2021 02:12

Lo acuchilló por la espalda, lo ahorcó con una correa, escondió el cadáver en un placard que tapió con clavos y convivió con el muerto 40 días. Así describió el macabro asesinato un tribunal oral que condenó a 22 años de cárcel a un vigilador privado por el crimen de un "arbolito" cometido en 2016 en el barrio porteño de Monserrat, fallo que fue confirmado por la Cámara de Casación, que dispuso que el acusado recupere la libertad el 15 de noviembre de 2038.

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Lo acuchilló por la espalda, lo ahorcó con una correa, escondió el cadáver en un placard que tapió con clavos y convivió con el muerto 40 días. Así describió el macabro asesinato un tribunal oral que condenó a 22 años de cárcel a un vigilador privado por el crimen de un "arbolito" cometido en 2016 en el barrio porteño de Monserrat, fallo que fue confirmado por la Cámara de Casación, que dispuso que el acusado recupere la libertad el 15 de noviembre de 2038.

El fallo de la sala III de dicha Cámara recayó sobre el vigilador Pablo Reyes (40), quien en 2018 había sido condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 30 como autor del delito de "homicidio" en perjuicio de Nicolás Gonzalo Silva (40).

Los jueces de Casación rechazaron los planteos de la defensa del homicida respecto a que "la confesión del acusado resultó un aporte determinante para la reconstrucción del hecho, lo que sumado al arrepentimiento que expresó, debió haber conducido a establecer un monto mucho más bajo".

"No existe modo de penetrar en la conciencia del acusado para verificar la existencia de ese arrepentimiento y, en su caso, predicar científicamente su sinceridad. Tampoco debe soslayarse que puede tener una motivación estratégica y que no garantiza su propósito de enmienda; sobre todo teniendo en cuenta que para entonces el cadáver ya había sido descubierto y su detención era inminente", sostuvo en su voto el juez Jantus, al que adhirieron sus colegas.

El acusado, quien era empleado de la empresa de seguridad Gruspa y trabajaba como vigilador nocturno en la redacción de la agencia Télam, fue juzgado como autor de un "homicidio criminis causa en concurso ideal con robo agravado por el uso de armas", delito que prevé la pena de prisión perpetua. Sin embargo, el TOC 30 no determinó el móvil del crimen ni compartió el alegato de la fiscalía al respecto, y lo condenó a 22 años por el delito de "homicidio".

"Para la acusadora pública, Reyes mató para cometer otro delito, y pretendió que se ha comprobado la conexión subjetiva entre el homicidio de Nicolás Silva y el delito que, según ella, era su finalidad. Pero aquí aparece una cuestión de decisiva importancia. Y es que la señora Fiscal no ha logrado explicar y menos acreditar cuál es este delito, y en consecuencia no pudimos saberlo. Ni la defensa ni el tribunal", explicó el fallo. Los jueces analizaron que "Reyes confesó el homicidio, pero no el delito conexo, que como tal debió ser objeto de prueba de la acusación en virtud del onus probandi".

"No puede presumirse que ese ilícito existió solo porque confesó haber dado muerte a Silva. Por el contrario, la duda sobre lo sucedido, que subyace en toda la investigación, en cuanto a las razones o motivaciones de esa muerte, se afianzan ante el silencio de Reyes, (que por otra parte niega la cifra de 70.000 pesos que mencionaron los testigos) antes que disiparse, pues en tren de descargar su conciencia, y especialmente de liberar de responsabilidad a su mujer -tal como surge de la carta- cabe presumir que si el objeto de esa muerte fue otro hecho, lo habría también confesado", sostuvieron.

 

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