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17 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Respuesta a dudas previsionales

Lunes, 16 de noviembre de 2020 02:53

Roberto Guerrero (Capital): tengo 63 años y ahora estoy sin trabajo. Aporté poco más de 30 años de servicios pero aún no puedo jubilarme por la edad. Trabajé 12 años en recolección de residuos en la Municipalidad de Metán. Por compañeros sé que es insalubre. 
Buen día Roberto. Para acceder a la jubilación ordinaria se requieren 65 años de edad y 30 años de servicios con aportes en tareas comunes, en los casos de servicios diferenciales los extremos legales son otros. Aquellas tareas insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuro, disminuyen el requisito de edad de jubilación y años de servicio. 
Una resolución de la Dirección de Trabajo de Salta declaró el basural, cementerio, matadero y algunos talleres de la Municipalidad de Metán como ambientes laborales insalubres. Las tareas de recolección de residuos que Ud. desempeñó, tienen carácter diferencial. Los trabajadores de esos sectores pueden jubilarse a los 60 años de edad siempre que acrediten 30 años de servicios en dichas tareas. En su caso, como trabajó 12 años, se hará un prorrateo con el resto de sus servicios comunes, del que surge que Ud. ya estaría en condiciones de iniciar sus trámites jubilatorios. 

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Roberto Guerrero (Capital): tengo 63 años y ahora estoy sin trabajo. Aporté poco más de 30 años de servicios pero aún no puedo jubilarme por la edad. Trabajé 12 años en recolección de residuos en la Municipalidad de Metán. Por compañeros sé que es insalubre. 
Buen día Roberto. Para acceder a la jubilación ordinaria se requieren 65 años de edad y 30 años de servicios con aportes en tareas comunes, en los casos de servicios diferenciales los extremos legales son otros. Aquellas tareas insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuro, disminuyen el requisito de edad de jubilación y años de servicio. 
Una resolución de la Dirección de Trabajo de Salta declaró el basural, cementerio, matadero y algunos talleres de la Municipalidad de Metán como ambientes laborales insalubres. Las tareas de recolección de residuos que Ud. desempeñó, tienen carácter diferencial. Los trabajadores de esos sectores pueden jubilarse a los 60 años de edad siempre que acrediten 30 años de servicios en dichas tareas. En su caso, como trabajó 12 años, se hará un prorrateo con el resto de sus servicios comunes, del que surge que Ud. ya estaría en condiciones de iniciar sus trámites jubilatorios. 

Gilda Sangines (Gral. Güemes): tengo 15 años de aportes pero son de cuando era jovencita. Ahora ya cumplí la edad de 61, pero me han dicho que no puedo jubilarme por la moratoria y que debo esperar para gestionar una PUAM. De qué se trata y que pasa con mis aportes.

 Buen día Gilda. Lamentablemente es el problema que están teniendo muchas mujeres que no pueden jubilarse y debe esperar a los 65, con pocas chances de insertarse laboralmente. La PUAM (Pensión Universal para el Adulto Mayor) es una prestación que no requiere aportes pero sí una edad mínima de 65 años, tanto para el hombre como la mujer. Si el solicitante es argentino debe tener al menos 10 años de residencia continua en el país (anteriores a la solicitud); si se trata de un extranjero, se pide una residencia mínima de 20 años. 
El titular recibe una prestación que equivale al 80% de una jubilación mínima que se actualiza en forma trimestral por la Ley de Movilidad. Además cuenta con cobertura de salud de PAMI, asignaciones familiares y la posibilidad de acceder a los créditos de Anses. 
Esta PUAM presenta algunas diferencias con las jubilaciones por moratoria. Por un lado, la edad exigida para la mujer no es de 60, sino de 65 años, como el varón. Por otro lado es incompatible con toda jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo y, en caso de fallecer el titular, no genera derecho a pensión derivada. El tema no es menor, porque el día de mañana eventualmente la viuda o el viudo, titular de PUAM, no podrá recibir la pensión derivada, o deberá renunciar a su PUAM. En cambio, si el fallecido es el titular de la PUAM no podrá dejarles una pensión a sus familiares. 
Sin embargo hace un tiempo se viene hablando de que posiblemente se pueda cambiar las condiciones de la última (GCM1) moratoria (Ley 26.970) para poder dar cobertura previsional. Le sugiero estar atenta, aunque de ocurrir ya no sería para este año y todo dependerá del contexto fiscal del año 2021. Sus aportes no los pierde y eventualmente le servirían para jubilarse. 
 

Edgardo Paredes (Capital): me faltan dos años de edad para jubilarme pero ya tengo los aportes. Tuve muy buenos sueldos como gerente de una firma pero me dejaron sin trabajo hace unos meses. Me ofrecieron un trabajo pero con un sueldo mucho mas bajo. Si acepto me bajará mi jubilación.
Buen día Edgardo. Aceptar esa oferta laboral es una decisión muy personal que deberá evaluar, pero es importante que tenga presente que para el cálculo de su primera jubilación se computarán los últimos 120 sueldos (consecutivos o no). Si Ud. ahora comienza a hacer aportes con una remuneración sustancialmente inferior a la que tuvo desde 2010 en adelante, su jubilación va a disminuir. 

 

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