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Pensiones, IFE y otros beneficios

Domingo, 04 de octubre de 2020 01:53

Esteban Cayo (Embarcación)

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Esteban Cayo (Embarcación)

Quisiera que informe qué se sabe de los próximos aumentos para el sector de los retirados policiales.

Buen día Esteban. Con los haberes de octubre, los más de 6 mil retirados policiales y penitenciarios de Salta estarán recibiendo un incremento en sus haberes del 20% en promedio. Este incremento corresponde a los aumentos que recibieron los activos desde mayo de este año. Por otro lado, se informó desde el Ministerio de Seguridad, que ya se han hecho las gestiones para el cobro del próximo en noviembre que sería del orden del 10% por los aumentos hasta julio pasado. En ambos casos se recibirán los correspondientes retroactivos.

Viviana Ortiz (Capital)

Soy beneficiaria del IFE, ¿se sabe del pago del cuarto IFE?

Buen día Viviana. Aún no hay una confirmación oficial del pago del cuarto Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). Esta semana decía Fernanda Raverta, la directora ejecutiva de la Anses: "Estamos evaluando si existe un cuarto pago del IFE o vamos a construir otras políticas sociales de acompañamiento con otras perspectivas". Todo hace suponer que en estos días se estaría comunicando un nuevo pago de esta ayuda, más aún después de que se conocieran las cifras de pobreza. De ser así se estaría pagando desde el próximo jueves 8 de octubre cuando comienza el calendario de pago para beneficiarias de la AUH.

Luis Carral (Capital)

Tengo 65 años, con aportes desde el 87 al año 99. Después trabajé en negro. ¿Podré jubilarme?

Buen día Luis. Está vigente y sin fecha de vencimiento la ley 24.476 para cancelar deudas previsionales no pagadas oportunamente. Mediante este plan de pagos puede "comprar" aportes desde sus 18 años, es decir 1973 hasta 1993. En total, tomando sus aportes más la moratoria, son 26 años.

De todas formas, lamentablemente, estos aportes no son suficientes para jubilarse (la ley exige 30 años). Una alternativa que tiene, a la espera de que se extienda la moratoria, es tramitar la pensión universal para el adulto mayor, la PUAM. Esta prestación que no requiere aportes le permitirá acceder a un haber del 80% de la jubilación mínima ($14.503) y la cobertura de salud del PAMI, además de asignaciones familiares en caso de tener cargas de familia.

Martín Giménez (Capital)

Falleció mi padre que era jubilado, nunca se casaron legalmente con mi madre. Si puede explicarme si le corresponde la pensión a ella y como se tramita.

Buen día Martín. Tienen derecho a la pensión por fallecimiento, ya sea de un jubilado o de un trabajador en actividad, no solo los cónyuges, sino también las y los convivientes. Deben acreditar convivencia aparente matrimonio por un plazo al menos de cinco años previos a la fecha de fallecimiento, los cuales se reducen a dos en caso de tener hijos en común. Para poder acreditar la convivencia son importantes algunas pruebas como por ejemplo, la coincidencia de los domicilios en los DNI.

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