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Declaran la emergencia ambiental y sanitaria ante la proliferación de basurales

La ordenanza fue firmada ayer por la intendenta interina Liliana Nieva, ante la proliferación de basurales y plagas. Crean una tasa municipal de gestión de residuos.
Sabado, 26 de enero de 2019 01:22

Por 90 días se extenderá una emergencia ambiental y sanitaria en el municipio de San José de Metán, declarada ayer a través de una ordenanza firmada por la intendenta interina Liliana Nieva.

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Por 90 días se extenderá una emergencia ambiental y sanitaria en el municipio de San José de Metán, declarada ayer a través de una ordenanza firmada por la intendenta interina Liliana Nieva.

La norma obedece a la gran cantidad de residuos que arrojan algunos vecinos de la ciudad en las proximidades y en los cauces de los ríos Metán y las Conchas, como así también en baldíos colindantes con inmuebles ubicados en el radio urbano, transformándolos en peligrosos focos de infección y proliferación de reptiles, roedores y otras plagas. El estado de abandono de muchos inmuebles de la zona urbana de la ciudad los convirtió en un daño ambiental y sanitario para los vecinos.

Esto se debe a "la actitud desaprensiva de parte de la sociedad hacia el medio ambiente, el mantenimiento y el cuidado de espacios físicos de manera irresponsable, ponen en riesgo a toda la comunidad en el marco de un contexto donde la proliferación de agentes patógenos, alimañas, y emergencias por la proliferación de Aedes aegypti y hantavirus en determinadas regiones geográficas del país, dejando situaciones de alerta en nuestro municipio", señala la ordenanza ad referéndum del Concejo Deliberante.

Un vecino mató ayer un ratón en pleno centro de Metán. 

Destaca que de acuerdo a la Ley N§ 7.070 de la Provincia de Salta y del Art. 9´ de la Ley 6.566 (carta municipal de la Municipalidad de San José de Metán) en sus incisos F, Y, J y C, establece como deberes del gobierno municipal asegurar en todas sus formas "el derecho de los habitantes a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de las personas, manteniendo y protegiendo el sistema ecológico y el paisaje, además de asegurar la recolección y tratamiento final de los residuos, la limpieza e higiene general en el ejido municipal, determinar las normas relativas al urbanismo, higiene, salubridad y moralidad, y ejercer el poder de policía en el ámbito de su competencia respectivamente".

Indica que no pueden permanecer impunes aquellos que irracionalmente ponen en serio riesgo la salud de sus semejantes, con hábitos de conducta viciados y para nada propios de ciudadanos dignos de vivir en sociedad.

Preocupación

Debido a la situación, con anterioridad se reunieron autoridades del Hospital del Carmen, de la Policía de la Provincia, de la Municipalidad y de otras instituciones, para analizar las acciones a seguir.

Por otra parte, ayer, vecinos denunciaron la aparición de ratones y alacranes en el centro de la ciudad y en los terraplenes del ferrocarril que dan hacia el fondo de muchas viviendas, entre otros sectores de la ciudad.

Por eso la ordenanza establece que se va a dotar de equipamiento, medios de movilidad y recursos humanos a la Dirección de Ambiente Productivo de la Municipalidad de San José de Metán, para la realización de las tareas de relevamiento, control, inspección y diligencias administrativas que requiera para su operatividad.

Alacrán en una vivienda de la zona centro.

Las multas

También establece la suma de 60 UF el valor de la multa (cada unidad fija corresponde al precio actual de un litro de nafta súper) para sancionar a aquellas personas físicas o jurídicas que arrojan residuos urbanos o cualquier tipo de desechos, en lugares tales como: márgenes de ríos, canales, caminos vecinales, caminos rurales, banquinas, terrenos baldíos y todo otro lugar fuera del terreno destinado para ello (relleno sanitario municipal o playas oficiales de transferencias de residuos).

La verificación de las infracciones que se tipifican en el arrojar residuos en lugares no correspondidos a la presente ordenanza y su reglamentación y la sustanciación de toda causa que por ello se originan se ajustarán al procedimiento que seguidamente se detallan:

1- El funcionario municipal labrará un acta de comprobación que contendrá:

a- Lugar, (punto GPS en caso de ser una zona rural), fecha y hora de la constatación de la infracción.

b- Nombre y apellido del infractor.

c- Domicilio.

d- Datos del vehículo en caso de existir el mismo en el acto.

e- Hecho comprobado y norma infringida.

f- Firma del inspector.

g- Firma del infractor.

h- Cuando el presunto infractor no se detenga a requerimiento del inspector, o se niegue a identificarse y/o proporcionar los datos del vehículo, podrá prescindirse de tales informaciones sin que a causa de ello resulte afectada la validez del acta.

2- El acta labrada en forma plena hará plena fe mientras no se demuestre la falsedad de la existencia material de los hechos enunciados.

Araña gigante en Villa San José.

Una tasa municipal

Por otra parte, la ordenanza crea dentro de la Dirección de Rentas una tasa municipal denominada gestión integral de residuos sólidos urbanos, a fin de que todo lo recaudado por infracciones de ambiente, puedan generar una cuenta exclusivamente para el financiamiento del saneamiento ambiental, la compra de maquinarias, herramientas e insumos para el trabajo ambiental y campañas de concientización del cuidado ambiental. Desde la Municipalidad informaron que el monto de la tasa será fijado oficialmente en otra ordenanza.

Terrenos abandonados

La norma indica que los inmuebles ubicados en zonas urbanas de personas físicas o jurídicas que se encuentren abandonados y sean constatados y certificados como riesgoso o peligroso en materia ambiental y sanitaria por la Dirección de Ambiente Productivo u otra área competente de la Municipalidad serán multados de acuerdo a la siguiente escala:
a. Inmuebles de hasta 80 m2 con 30 UF.
b. Inmuebles de 80 m2 a 160 m2 con 60 UF.
c. Inmuebles de 160 m2 a 340 m2 con 120 UF.
d.    Inmuebles de más de 340 m2 con 240 UF.
 

 

 

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