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Atención autónomos, estos son los nuevos montos a pagar de aportes jubilatorios

La AFIP publicó las nuevas tablas de aportes previsionales mensuales para los trabajadores autónomos que se pagarán hasta junio.

Miércoles, 15 de marzo de 2023 16:07

Los aportes de autónomos irán ahora de $10.537,80 en la categoría 1 a $ 46.365,76 en la categoría 5, que corresponde a los directivos de empresas.

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Los aportes de autónomos irán ahora de $10.537,80 en la categoría 1 a $ 46.365,76 en la categoría 5, que corresponde a los directivos de empresas.

Estos topes se aplicarán para el período marzo a mayo 2023; o sea, para los vencimientos de los aportes jubilatorios de autónomos de abril a junio próximos.

Este nuevo aumento de la movilidad jubilatoria implica que la mayoría de los autónomos actualmente jubilados cobrará, a pesar de que los aportes siempre fueron altos, a una jubilación mínima es de $58.665,12. 

En el país, ya hay 2,9 millones de monotributistas y autónomos. El empleo independiente aumentó 11,3%, al sumar 294.500 trabajadores, en 2022.

Con la entrada en vigencia desde el 1° enero de la nueva actualización del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias por Ripte, el piso desde el que se paga el tributo es de $404.062 en el caso de un trabajador casado con 2 hijos

Para un trabajador soltero y sin hijos y que no realice aportes extras (como una cuota sindical), el mínimo desde el que empieza a pagar Impuesto a las Ganancias es aproximadamente de $335.300.

Pero, en el caso de los autónomos, si bien también cambió el monto de la deducción especial que pueden aplicar, como esta venía retrasa respecto de los trabajadores en relación de dependencia, sólo se puede tomar hasta $1.580.891,18 anuales, algo que critican los profesionales que habitualmente se ven afectados por esta discriminación.

Los medios de pago habilitados para los aportes jubilatorios de los trabajadores autónomos son los siguientes:

  • Cheque propio, financiero y cancelatorio.
  • Transferencia electrónica de fondos.
  • Tarjetas de crédito.
  • Débito automático en cuenta bancaria.
  • Billetera electrónica.

Reintegro por cumplimiento de pago.
Aquellos trabajadores autónomos que paguen en tiempo y forma su cuota mensual recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual.

El pago de ese beneficio será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de los contribuyentes cumplidores.

 

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