¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

21°
27 de Abril,  Jujuy, Argentina
PUBLICIDAD

Jujuy avanza en la creación del registro de maltratadores de animales

Recientemente se reunieron autoridades de Seguridad, Juzgado Contravencional y Zoonosis para reglamentar la ley que prevé mejorar el cuidado y protección de los animales de compañía.  
Martes, 14 de marzo de 2023 15:26

El 13 de julio del año pasado la Legislatura de Jujuy aprobó una ley integral que contempla medidas para mejorar el cuidado y protección de los animales de compañía considerados como "seres sintientes” y la creación de un registro de personas que maltraten animales, además de establecer multas. Ayer, autoridades del Ministerio de Seguridad, diputados provinciales, el Juzgado Contravencional, Zoonosis de la municipalidad capitalina entre otros organismos se reunieron para empezar a reglamentar dicha ley y que tenga operatividad el registro de animales de manejo especial y de maltratadores. 

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

El 13 de julio del año pasado la Legislatura de Jujuy aprobó una ley integral que contempla medidas para mejorar el cuidado y protección de los animales de compañía considerados como "seres sintientes” y la creación de un registro de personas que maltraten animales, además de establecer multas. Ayer, autoridades del Ministerio de Seguridad, diputados provinciales, el Juzgado Contravencional, Zoonosis de la municipalidad capitalina entre otros organismos se reunieron para empezar a reglamentar dicha ley y que tenga operatividad el registro de animales de manejo especial y de maltratadores. 

En diálogo con El Tribuno de Jujuy, el juez Contravencional Matías Ustarez sostuvo que cada vez aumenta la cantidad de denuncias en comisarías y también a través de la página del Ministerio de Seguridad. “Eso nos plantea la necesidad de que se avance en lo que es la reglamentación de esta ley para que tenga plena operatividad y la autoridad de aplicación en este caso es el Ministerio de Seguridad que nos ha convocado para que podamos expresar nuestras preocupaciones o las inquietudes que son propias de cada área y así poder diagramar una tarea que además va acompañada de la concientización del maltrato animal”, planteó Ustarez.

En esta línea indicó que las personas que figuren en el expediente como "denunciadas" o que hayan sido declaradas culpables en alguna sentencia, no podrán tener nuevamente animales. "Muchas veces esos animales al ser decomisados o puestos en lugares de tránsito genera que la persona -maltratador -adquiera otros animales y muchas veces siguen con la misma característica de ejercer maltrato. La ley ha creado este registro y ha dado la competencia al Juzgado Contravencional para poder aplicar las sanciones que corresponden", mencionó.

El juez señaló que esta ha sido la primera reunión para avanzar en el tema y que aborda muchos aspectos, por lo que continuarán articulando acciones con todos los organismos encargados. Por ejemplo, la Dirección de Zoonosis estará cargo de la salud de los animales; el Juzgado Contravencional, de las medidas y penas; mientras que la Policía, la tarea de constatación.  Además remarcó que en el transcurso del mes van se va a llevar adelante la  próxima reunión.

Denunciar maltrato animal

Ante algún caso de maltrato animal es importante que la sociedad sepa que puede realizar la denuncia en una comisaría más cercana. Los efectivos tienen la obligación de tomar la denuncia como cualquier otra.  También se puede hacer el reclamo en el Departamento Contravencional, en la Defensoría o en el Juzgado Contravencional , ubicado en avenida Fascio nº 650. 

Protocolo de actuación

La provincia de Jujuy cuenta con un protocolo de actuación ante casos de maltrato y/o crueldad animal,  que busca dar intervención en menos de 36 horas, a fin de salvaguardar la vida de estos seres indefensos. Las bases de este proyecto se sitúan dentro del artículo 93 del Código Contravencional, el 2 y 3 de la Ley Nacional 14.346 que considera actos de maltrato: no darle el alimento necesario que requiere el animal, de arrojarlo a un lugar inadecuado, abandonarlo en la vía pública, tratarlo de manera cruel, mutilaciones u otro tipo de acto que los perjudique. Previamente se realizará la capacitación al personal de las fuerzas con indicaciones diferenciadas para delitos del orden contravencional y del orden penal.