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Rugbiers: cuáles son las chances reales de que les reduzcan la condena

El prestigioso penalista Juan Pablo Vigliero analizó qué puede pasar con los condenados tras la apelación.  

Lunes, 27 de febrero de 2023 21:14

El abogado Hugo Tomei apeló la sentencia del juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa. Durante su escrito, solicitó la absolución de Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi, más la reducción de las cinco penas a prisión perpetua para quienes fueron considerados "coautores" del homicidio ocurrido en Villa Gesell. 

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El abogado Hugo Tomei apeló la sentencia del juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa. Durante su escrito, solicitó la absolución de Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi, más la reducción de las cinco penas a prisión perpetua para quienes fueron considerados "coautores" del homicidio ocurrido en Villa Gesell. 

En este marco, el abogado penalista Juan Pablo Vigliero explicó cuáles serían los puntos por los que el Tribunal de Casación podría validar la postura de la defensa e indicó: "No vas a encontrar ningún penalista serio, investigador o profesor de derecho que pueda estar a favor o apoyar jurídicamente lo que dice el fallo de Fernando Báez Sosa".

Esto se debe, principalmente, a "la dificultad de comprobar la planificación e intención criminal" de parte de los ocho implicados, más allá de la "influencia" que pudo haber generado la opinión pública sobre el TOC N° 1 de Dolores.

Entonces, ¿qué podría pasar con el juicio? En diálogo con El Cronista, Vigliero anticipó que "el Tribunal de Casación podría modificar la calificación o deshacer lo hecho por el tribunal inferior, pero también puede mandar a hacer un nuevo juicio para reservar el derecho de defensa".

Durante el fallo, se determinó que los imputados "se pusieron de acuerdo" en matar a Fernando Báez Sosa. No obstante, la justicia indicó que no lo decidieron minutos previos al ataque, sino que fueron con intención de pegar y cambiaron su postura durante la golpiza.

"Lo más difícil es comprobar la intención criminal, ¿tuvieron intención de lesionar ferozmente o intención de matarlo? Parecería ser que lo primero", sostuvo el docente de Garantías Constitucionales de la UBA.

En este sentido, Vigliero explicó que la premeditación sería válida si "demuestran que eran ocho asesinos seriales que salían todo el tiempo a cometer homicidios". "Salían a golpear gente, con intención de dar palizas y lastimar personas, pero no con intención de matar", argumentó y enfatizó que, en todo caso, "debe probarse".

"Si vos organizas una muerte, ¿lo haces para matarlo en un lugar público y te sentas a comer en un lugar público para que te detengan?", cuestionó el abogado penalista. 

De considerarse la falta de planificación, no correspondería una pena de prisión perpetua, dado que no correría el delito de "homicidio doblemente agravado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas”.

 

FUENTE: EL CRONISTA