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Las empresas van a poder inscribirse desde hoy

El ATP fue creado por un decreto de necesidad y urgencia para cuidar las fuentes de trabajo en el contexto de pandemia.

Lunes, 13 de abril de 2020 01:01

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Las empresas afectadas por la pandemia de coronavirus podrán inscribirse a partir de mañana al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), para poder acceder a ayudas en el pago de salarios de los trabajadores, la postergación y/o eximición del pago de contribuciones patronales y la extensión del seguro de desempleo.

El ATP fue creado por el DNU 332/2020, y busca cuidar las fuentes de trabajo en medio de la crisis por las restricciones impuestas a la circulación para frenar la propagación del Covid-19.

Si bien la preinscripción para obtener la prórroga de los aportes patronales arrancó el jueves pasado y hasta la víspera sumó más de 220.000 firmas registradas-, a partir de hoy lo podrán hacer las empresas que quieran acceder al resto de los beneficios .

La inscripción que se extenderá hasta el miércoles próximo- se deberá realizar en la web de Afip, con su clave fiscal y declarar la información económica que el Programa requiera.

Luego comenzará una etapa de análisis de la empresa y, en caso de resultar afectada a partir de la cuarentena, se procederá a aplicar el beneficio.

El Programa consiste en que el Estado se hará cargo de parte de los sueldos de las empresas afectadas, ya sea con Repro o Asignaciones Complementarias al Salario; una rebaja o postergación de las contribuciones patronales y el aumento de las prestaciones por desempleo.

Los empleadores alcanzados por los beneficios deberán acreditar ante la Afip la nómina del personal alcanzado, y en qué medida su actividad fue afectada por el aislamiento.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social considerará la información y documentación remitidas por la empresa, podrá relevar datos adicionales y podrá disponer la realización de visitas de evaluación.

Cabe destacar que son reiterados los reclamos por parte de empresarios, como así también de directivos de las entidades que los nuclean, en el sentido de tener una mayor ayuda por parte del Estado para poder mantener sus emprendimientos, sean chicos, medianos o grandes.

Disposición para planes de ahorro

La Inspección General de Justicia resolvió diferir por 12 meses la opción de diferir el pago de la cuota y los cargos administrativos a los suscriptores de planes de ahorro, según la resolución 14/2020 publicada en el Boletín Oficial. La normativa establece en su artículo 1º que “las entidades administradoras de planes de ahorro bajo modalidad de grupos cerrados, deberán ofrecer a los suscriptores ahorristas y adjudicados titulares de contratos cuyo agrupamiento se haya producido con anterioridad al 30 de septiembre de 2019, la opción de diferir la alícuota y las cargas administrativas”.

La IGJ resolvió que “el diferimiento podrá hacerse sobre hasta un máximo de doce (12) cuotas consecutivas por vencer al momento de ejercerse la opción y deberá ser ofrecido a partir de la fecha de vigencia de esta resolución y mantenerse por un plazo que vencerá el 30 de agosto de 2020”. El artículo 2º dispone que “podrán optar por el diferimiento los suscriptores con contratos vigentes, en período de ahorro y adjudicados, y en este caso hayan o no recibido el vehículo, y también aquellos cuyos contratos a la fecha de vigencia de la presente y desde el 1 de abril de 2018, se hallen extinguidos por renuncia, rescisión o resolución, los cuales deberán al momento de ser adjudicados cancelar el importe de las cuotas en mora. Si efectuaren oferta de licitación y fueren adjudicados, el monto de la cantidad de cuotas puras licitadas se imputará a la deuda vencida”.

De la misma manera, la norma excluye de la opción a “los suscriptores que hayan promovido causas judiciales y obtenido medidas cautelares con incidencia sobre el pago de sus cuotas”.

220 mi empleadores ya se registraron

La Afip sólo requiere este permiso para que las empresas no se vean en la necesidad de realizar una presentación. Más de 220 mil empleadores ya se registraron en la Afip para recibir una prórroga de dos meses en el pago de aportes patronales en medio de la pandemia de coronavirus, en las primeras 48 horas desde que se habilitó la registración, informó hoy Impositiva.

Siete de cada diez empresas que accedieron al programa obtuvieron en forma “automática” una prórroga por dos meses del pago de las contribuciones patronales correspondientes a marzo que vencían en abril. Se trata del Programa de Asistencia en Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP). Las empresas interesadas en acceder a los distintos beneficios creados para amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio deben inscribirse en el sitio web de la Afip.

Todos los empleadores, sin importar la actividad que desarrollan ni la cantidad de trabajadores que se desempeñan en su firma, deben registrarse hasta el próximo miércoles 15 de abril, inclusive. La registración no sólo no implica renunciar a ningún beneficio previsto en el programa sino que facilitará el acceso a futuras herramientas que se creen en el marco de la emergencia sanitaria. Esta medida es complementaria de las herramientas previstas en el ATP. A partir del lunes, la Afip solicitará a cada empresa inscripta en el programa datos económicos para determinar cuáles son los demás beneficios a los que podrá acceder. El organismo requerirá los datos de facturación por ventas. Los empleadores deberán reportar los ingresos facturados entre los días 12 de marzo y el 12 de abril de 2019 y 2020. Al ingresar al sistema deberán completar el monto total para ambos años y cargar una planilla con información desagregada (podrán descargar del sitio un modelo de ese documento). A las empresas con más de 100 trabajadores se les requerirán datos financieros básicos.

Con el objetivo de facilitar y reducir la carga burocrática, el procedimiento de inscripción al ATP solicita a los empleadores que habiliten al organismo a compartir información con el Ministerio de Trabajo y la Anses.