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La publicidad de cigarrillos está restringida para los medios de comunicación

Miércoles, 29 de mayo de 2013 20:36

La ley que prohíbe la publicidad de productos elaborados con tabaco y el consumo de cigarrillos en todos los espacios públicos cerrados ya cuenta con la reglamentación necesaria para hacer más efectivo su cumplimiento, tras haber sido publicada hoy en el Boletín Oficial.

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La ley que prohíbe la publicidad de productos elaborados con tabaco y el consumo de cigarrillos en todos los espacios públicos cerrados ya cuenta con la reglamentación necesaria para hacer más efectivo su cumplimiento, tras haber sido publicada hoy en el Boletín Oficial.

La reglamentación se concreta a dos días de días de conmemorarse el Día Mundial sin Tabaco que este año tiene como tema justamente la veda de propaganda.

El decreto de reglamentación para la ley 26.687, el 602/2013, crea además la Comisión Nacional de Coordinación para el Control del Tabaco que funcionará en la órbita del Ministerio de Salud “con el fin de asesorar y coordinar políticas multisectoriales destinadas a la aplicación” de esta norma.

La comisión será presidida por el titular del Ministerio de Salud y 12 representantes de distintos organismos públicos, entre ellos el Sedronar y la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

La norma 26.687 establece en su artículo 5 la prohibición de “la publicidad, promoción y patrocinio de productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación” y restringe “solo a carteles” la publicidad en los puntos de venta habilitados.

Se entiende por productos elaborados con tabaco “los preparados que utilizan total o parcialmente como materia prima tabaco y son destinados a ser fumados, chupados, masticados, aspirados, inhalados o utilizados como rapé”, lo que incluye al cigarrillo pero también a mucho de sustitutos

Por otro lado, la reglamentación establece las condiciones de funcionamiento de los clubes de fumadores, uno de los ámbitos que la ley exceptúa de la prohibición de fumar que rige para todos los espacios cerrados y públicos.

Las especialistas coincidieron en que la tarea por delante es conseguir la adhesión de “las 8 provincias en las que todavía no tienen una ley provincial o de adhesión a la ley nacional para que la protección de la salud sea para todas las jurisdicciones” y subir el precio para desalentar el consumo, ya que Argentina “es el quinto país con cigarrillos más baratos en todo el continente”.

A partir de la publicación en el Boletín oficial se establece en el artículo 21 un plazo de 180 días "para el retiro de las máquinas expendedoras de cigarrillos de todos los establecimientos y locales del país".